De acuerdo con lo estipulado en el Decreto 599 de 2013 “Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital – SUGA y se dictan otras disposiciones”. La Secretaría Distrital de Salud propiamente la Subdirección de Gestión de Riesgo en Emergencias y Desastres (SGRED) realizó la revisión de los documentos cargados en el SUGA por parte del organizador del evento donde se verifica que la institución prestadora de servicios de salud contratada se encuentre habilitada y que el plan de salud y primeros auxilios cumpla.
Con la declaratoria de emergencia sanitaria por la Pandemia por COVID-19 emitida en 2020 se observó una disminución en el número de eventos para aglomeraciones de público con respecto a los años anteriores. En 2021 la Resolución 1687 de 2021 modificó la Resolución 777 de 2021 en el sentido de incrementar el aforo permitido en lugares o eventos masivos, públicos o privados. Los cuales deben contar con la revisión y aprobación del protocolo de bioseguridad que debe ser presentado por el empresario u organizador del evento de acuerdo con lugar en que se desarrolle el mismo y este debe adoptar la normatividad del Decreto 777, Decreto 442, Decreto 1615, Resolución y la circular 047 de 14 de octubre de 2021. Una vez se realiza la revisión documental el evaluador efectúa la emisión del concepto técnico que puede ser favorable (cumple con lo propuesto en el plan de salud y primeros auxilios en el aspecto documental) o no favorable (no cumple con lo propuesto en el plan de salud y primeros auxilios en el aspecto documental), en el caso de los conceptos no favorables, el organizador puede subsanar el plan ajustando lo correspondiente, de tal manera la Secretaría Distrital de Salud genera un segundo concepto, “favorable con ajustes”.
En el periodo de 2014 a primer semestre de 2025 la Subdirección de Gestión del Riesgo emitió 10.427 conceptos de los cuales el 73,2 % fueron favorables y el 26,8 % no favorables.
Durante el primer semestre de 2025, se evaluaron 424 planes de atención médica y de primeros auxilios, de los cuales el 93,2 % (n=395) corresponden a conceptos favorables, de estos, el 23,8 %(94) inicialmente se conceptuaron como no favorables y posteriormente fueron ajustados satisfactoriamente y finalmente el 6,8 % (n=29) de los conceptos fueron no favorables; lo anterior, teniendo en cuenta la metodología de evaluación y los controles aplicados a los documentos registrados por los organizadores de los eventos en el SUGA, que se clasifican como de alta o media complejidad.
La SGRED, en el marco de sus actividades misionales, participó en las diferentes instancias de coordinación del SUGA (Comité y Subcomités, PMU previo, asistencias técnicas, verificación de condiciones y PMU en eventos), con el objeto de realizar el seguimiento a la implementación y cumplimiento de los conceptos técnicos emitidos a los Planes de Atención Médica y Primeros Auxilios aprobados bajo el concepto técnico favorable y con emisión de acto administrativo por parte de la Secretaria Distrital de Gobierno para las Aglomeraciones de Público de alta complejidad, instalados previamente, durante y hasta la finalización de los eventos correspondientes.
El tipo de eventos con conceptos favorables de mayor porcentaje para complejidad media y alta, fueron los espectáculos públicos de artes escénicas con el 63,2 %, un 3,1 % de este tipo de eventos tuvo concepto no favorable.
Las localidades con la mayor proporción de eventos con concepto favorable de complejidad media y alta fueron Teusaquillo con 24,5 %, Chapinero con 19,8 % y Suba con 14,2 %.
Nota 1: Para referenciar la gráfica y el análisis del presente indicador debes hacerlo de la siguiente manera: Secretaría Distrital de Salud. Observatorio de Salud de Bogotá-SaluData. Disponible en: https://saludata.saludcapital.gov.co/osb/.
Nota 2: Para referenciar los datos usados: Ingresa a la ficha técnica del indicador, ítem: Fuente de la información. Como usuario de SaluData, eres responsable del uso, análisis e interpretación de los datos descargados